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Eso es para que la Patrulla X no pueda pedir los mismos derechos que los humanos normales.
Pues son como Florentino Perez, que esta considerado un SER SUPERIOR
Vaya mierda, debería ser considerado un mutante.
pedazo de constitución que tenemos... prefiero ser un "ser" que la "persona" que escribió la constitución y las que la defienden
Pues eso....te darás cuenta de que estamos rodeados de seres. Hay seres en el gobierno....en todo lo que te rodea en general. Por eso existe el cuerpo de MIB.....espera...eso no debería haberlo dicho. Te voy a pedir que mires esta luz un segundo......
¿Y si es un hombre con dos cabezas? ¿Es un ser, o dos seres?
#3 #3 chinorri dijo: Y tú te lo crees...Eso es verdad porque también lo he estudiado yo y me quede asi o_O
Dile que ella es el ser Por venir al mundo con perjuicios de mas.
¿Y por qué no coges y la lees? Así compruebas tú mismo que eso no viene en la Constitución.
En todo caso viene en el Código Civil (de 1889, con sus posteriores reformas), y tampoco expresa exactamente eso.
Valiente tontería.
O ella no se ha enterado de nada o tú mientes como un bellaco.
En la Constitución no viene nada sobre la definición de "persona". Donde sí que viene es en el Código Civil, y ahí especifica que una persona es todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones.
Ahora pregúntale de donde ha sacado esa gilipollez.
#9 #9 benedetta dijo: #3 Eso es verdad porque también lo he estudiado yo y me quede asi o_ODime el artículo y el párrafo porque yo SÍ que la he estudiado, de hecho necesito sabérmela y eso no aparece en ningún lado. Vaya tela lo que hay que leer...
#9 #9 benedetta dijo: #3 Eso es verdad porque también lo he estudiado yo y me quede asi o_OOtro que oye campanas.
En primer lugar, en la Constitución no se recoge nada relativo a los requisitos para ser persona, eso viene recogido en el Código Civil, en el que los para ser persona son haber nacido vivo y estar separado de la madre (sin cordón umbilical).
Así que se es persona en el momento del nacimiento, siempre que el niño nazca con vida y viva separado de la madre. Dile a tu amiga que atienda más en clase.
Desde que lo he leido y he compartido tu Asco De Vida, mi vida es un infierno
#15 #15 crowley28 dijo: #9 Otro que oye campanas.Abre el libro de Derecho Civil, que te aparecerá en una de las primeras instancias, listo
#18 #18 benedetta dijo: #15 Abre el libro de Derecho Civil, que te aparecerá en una de las primeras instancias, listo¿qué libro de derecho civil? Te están pidiendo el artículo del CÓDIGO CIVIL, que es lo que tiene validez legal en España. Estamos esperándolo. No lo busques muy fuerte por si acaso...
#18 #18 benedetta dijo: #15 Abre el libro de Derecho Civil, que te aparecerá en una de las primeras instancias, listoJajajajaja ¿Qué libro de Derecho Civil estudias tú?
Busca el Código civil (que es lo que debería de explicar un libro de derecho civil, porque parece que no tienes ni idea) y me dices en que artículo dice esa parida, anda.
#19 #19 warheart dijo: #18 ¿qué libro de derecho civil? Te están pidiendo el artículo del CÓDIGO CIVIL, que es lo que tiene validez legal en España. Estamos esperándolo. No lo busques muy fuerte por si acaso...Hola???? el código civil es lo unico que tiene validez en España.... para que te piensas tu que se ha creado el Derecho Civil? Abre cualquier libro de derecho civil y verás que está esa pauta, reflejada... Dedicate a leer un poco antes de hablar, por favor
Entonces con mi tranca yo soy un ser, porque se cuenta como órgano repetido o un dedo más.
Hasta la reforma del código civil del año 2011, el artículo 30 del Código Civil (este artículo no se había modificado desde la publicación del Código en el año 1889) decía "Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno".
En el año 2011 se modificó, y ahora es "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.". Es decir, se elimina el concepto de "figura humana"
#23 #23 scot12 dijo: Hasta la reforma del código civil del año 2011, el artículo 30 del Código Civil (este artículo no se había modificado desde la publicación del Código en el año 1889) decía "Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno".
En el año 2011 se modificó, y ahora es "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.". Es decir, se elimina el concepto de "figura humana" fiu.... GRACIAS!!!!!!!!!!
#21 #21 benedetta dijo: #19 Hola???? el código civil es lo unico que tiene validez en España.... para que te piensas tu que se ha creado el Derecho Civil? Abre cualquier libro de derecho civil y verás que está esa pauta, reflejada... Dedicate a leer un poco antes de hablar, por favorA ver, listoooo, que eres un listo... un libro de derecho civil puede poner misa (aunque no me creo que en ninguno ponga eso que has dicho) Porque lo que es legal es el Código Civil (y es en lo que se basan los libros de derecho civil escritos para explicar dicho código civil, que no te enteras)
Y procedo a copiarte el artículo 30 de dicho código:
La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
Y te repito, búscame el artículo en el código civil donde pone la parida que ha dicho el del ADV y tú confirmas.
Cuando lo encuentres te pediré perdón, proclamaré tu palabra, y fundaré una religión en tu nombre.
Hasta entonces calladito
#25 #25 crowley28 dijo: #21 A ver, listoooo, que eres un listo... un libro de derecho civil puede poner misa (aunque no me creo que en ninguno ponga eso que has dicho) Porque lo que es legal es el Código Civil (y es en lo que se basan los libros de derecho civil escritos para explicar dicho código civil, que no te enteras)
Y procedo a copiarte el artículo 30 de dicho código:
La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
Y te repito, búscame el artículo en el código civil donde pone la parida que ha dicho el del ADV y tú confirmas.
Cuando lo encuentres te pediré perdón, proclamaré tu palabra, y fundaré una religión en tu nombre.
Hasta entonces calladitoVamos a ver chaval!!! Tienes que volver a parvulitos a que te enseñen a leer?? o eres tan inepto hasta para eso? Lee a #23 #23 scot12 dijo: Hasta la reforma del código civil del año 2011, el artículo 30 del Código Civil (este artículo no se había modificado desde la publicación del Código en el año 1889) decía "Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno".
En el año 2011 se modificó, y ahora es "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.". Es decir, se elimina el concepto de "figura humana" que te lo acaba de poner... LISTEZAS!
Justo iba a poner lo que ha puesto #23.#23 scot12 dijo: Hasta la reforma del código civil del año 2011, el artículo 30 del Código Civil (este artículo no se había modificado desde la publicación del Código en el año 1889) decía "Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno".
En el año 2011 se modificó, y ahora es "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.". Es decir, se elimina el concepto de "figura humana" Como ya lo había buscado, lo pego (y, efectivamente, como bien han dicho por ahí, esto es del Código Civil, no de la Constitución).
TÍTULO II.
DEL NACIMIENTO Y LA EXTINCIÓN DE LA PERSONALIDAD CIVIL.
CAPÍTULO PRIMERO.
DE LAS PERSONAS NATURALES
Artículo 29.
El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente.
Artículo 30.
La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
#24 #24 benedetta dijo: #23 fiu.... GRACIAS!!!!!!!!!!LOL
Pero si no te está dando la razón!!
Para empezar está derogado, con lo que te equivocas. Pero aunque no lo estuviese, te seguirías equivocando.
¿Tengo que explicarte lo que es figura humana?
¿Una persona con tres riñones no tiene figura humana? ¿una persona con un dedo más largo de lo normal no tiene figura humana?
Por citarte los ejemplos que ha dado el ADV y que has confirmado xDDD
Deberías estudiar un poco más y masturbarte un poco menos ;)
#26 #26 benedetta dijo: #25 Vamos a ver chaval!!! Tienes que volver a parvulitos a que te enseñen a leer?? o eres tan inepto hasta para eso? Lee a #23 que te lo acaba de poner... LISTEZAS!
1.- En mi comentario #28 #28 crowley28 dijo: #24 LOL
Pero si no te está dando la razón!!
Para empezar está derogado, con lo que te equivocas. Pero aunque no lo estuviese, te seguirías equivocando.
¿Tengo que explicarte lo que es figura humana?
¿Una persona con tres riñones no tiene figura humana? ¿una persona con un dedo más largo de lo normal no tiene figura humana?
Por citarte los ejemplos que ha dado el ADV y que has confirmado xDDD
Deberías estudiar un poco más y masturbarte un poco menos ;)te lo explico bien clarito.
2.- Parbulitos es con b.
3.- Listezas no existe.
4.- Sigo pensando que te masturbas demasiado.
Considero que #28 #28 crowley28 dijo: #24 LOL
Pero si no te está dando la razón!!
Para empezar está derogado, con lo que te equivocas. Pero aunque no lo estuviese, te seguirías equivocando.
¿Tengo que explicarte lo que es figura humana?
¿Una persona con tres riñones no tiene figura humana? ¿una persona con un dedo más largo de lo normal no tiene figura humana?
Por citarte los ejemplos que ha dado el ADV y que has confirmado xDDD
Deberías estudiar un poco más y masturbarte un poco menos ;)tiene razón, porque recuerdo que pregunté (hace ya años de esto) que si nacía un niño sin brazos ni piernas si no era considerado persona, y la profesora me respondió que claro que sí que lo era, que la forma se podía identificar con la humana aun careciendo de extremidades... De lo que yo concluí que a lo que se debían estar refiriendo era a que naciera una especie de masa viscosa extraña...o a lo mejor a un feto sin formar...
#29 #29 crowley28 dijo: #26
1.- En mi comentario #28 te lo explico bien clarito.
2.- Parbulitos es con b.
3.- Listezas no existe.
4.- Sigo pensando que te masturbas demasiado.En primer lugar:
parvulario.
(De párvulo).
1. m. Lugar donde se cuida y educa a párvulos.
2. m. Conjunto de los niños que reciben educación preescolar.
PARVULITOS ES CON V!!!!!!
En ningún momento se ha derogado lo que yo he dicho... el código civil (y el derecho civil) tenian esa pauta, que fue modificada hace poco años...
¿Algo más?
Listezas existe para nombrarte a ti... ;)
#29 #29 crowley28 dijo: #26
1.- En mi comentario #28 te lo explico bien clarito.
2.- Parbulitos es con b.
3.- Listezas no existe.
4.- Sigo pensando que te masturbas demasiado.Parvulitos con b??? jajajajajaja
#31 #31 benedetta dijo: #29 En primer lugar:
parvulario.
(De párvulo).
1. m. Lugar donde se cuida y educa a párvulos.
2. m. Conjunto de los niños que reciben educación preescolar.
PARVULITOS ES CON V!!!!!!
En ningún momento se ha derogado lo que yo he dicho... el código civil (y el derecho civil) tenian esa pauta, que fue modificada hace poco años...
¿Algo más?
Listezas existe para nombrarte a ti... ;)Cierto, tenías razón con lo de párvulo. Error, mío. Mis disculpas y lo siento.
Pero en nada más, ni siquiera cuando no estaba derogado "hace años", tendrías razón.
Te remito de nuevo a mi comentario #28
Y listezas no existe, ni siquiera para mí.
#32 #32 garbancita dijo: #29 Parvulitos con b??? jajajajajaja
Error mío, error mío.
Ya he pedido disculpas.
Y ella que tiene una neurona menos, ¿qué es?
#31 #31 benedetta dijo: #29 En primer lugar:
parvulario.
(De párvulo).
1. m. Lugar donde se cuida y educa a párvulos.
2. m. Conjunto de los niños que reciben educación preescolar.
PARVULITOS ES CON V!!!!!!
En ningún momento se ha derogado lo que yo he dicho... el código civil (y el derecho civil) tenian esa pauta, que fue modificada hace poco años...
¿Algo más?
Listezas existe para nombrarte a ti... ;)Deberías informarte de lo que es un artículo, lo que es una pauta, lo que tiene validez legal, lo que no la tiene, lo que significa "figura humana", y en general saber lo que dice el Código Civil.
1.- Porque lo que dice el del ADV es una gilipollez como un templo. Ya que, actualmente, aunque naciese con forma de cabra, si nace de mujer, es una persona.
2.- Pero aún con el artículo derogado, una persona con órganos duplicados, dedos más largos, o cualquier tipo de malformación sigue teniendo figura humana.
Ergo, en ningún caso tendrías razón. Ni sería considerado "un ser" como has afirmado corroborando el ADV.
Persona física: Ser con aspecto humano que sea capaz de vivir 24 horas separado del vientre materno ( aunque parezca de broma, esa es la definición )
¿Qué coño estás diciendo? ¿En qué artículo viene eso? Yo también he estudiado Derecho y me sé casi de memoria la CE y no aparece en ningún lado.
Pues a tu amiga le veo yo poco futuro en la carrera si cree eso...
La única referencia a malformaciones que existía en la legislación española era el antiguo Art. 29 del Código Civil que consideraba que para adquirir personalidad, el recién nacido debía tener 'forma humana', artículo que fue eliminado en la última reforma...
Yo también estudio derecho.
Tengo una amiga que estudia derecho y dice que eso era antes, ahora ya no es así.
Si no me equivoco segun la normativa moderna basta con que el feto se desprenda del claustro materno con vida, para ser considerado persona
Pues yo debo ser un ser.
Tengo repetido el pulmón, el riñón, y los dedos 10 y 10 veces.
O te tomó el pelo o no sabe lo que estudía, porque la constitucion no dice absolutamente nada de eso.
Por desgracia alguna veces, y por suerte otras, la constitución no siempre se cumple...
Eso es COMPLETAMENTE MENTIRA ! Yo también estudio Derecho y no se condiera persona si no posee una fisionomia normal ( vamos que tenga tres cabezas o algo asi ), no por que le falte un dedo o tenga un órgano repetido. Dile a ti amiga que se dedique a estudiar y a dejar de decir gilipolleces.
Creo recordar que en historia el profe nos dijo que hace años las mujeres no podian votar porque no tenian alma, eso decía en una constitución...
Es divertido ver cómo la gente que no tiene ni idea de Derecho y aún así se hacen los entendidos. #0 #0 EnShock dijo: La semana pasada, hablando con una chica que estudia derecho, me dijo que estudiando la constitución había visto que si una persona tiene una anormalidad como un dedo de más o un órgano "repetido", no es considerado una persona, sino un "ser". ADVDile a la chica que te lo ha comentado que más le vale ponerse a estudiar porque veo muy complicado que con esas ideas que tiene vaya a aprobar algo.
Antes, para que a un recién nacido se le considerara persona debía permanecer 24 horas separado del claustro materno, pero han modificado el artículo 30 del Código Civil y ahora solo se requiere que se desprenda totalmente del seno de la madre. Y además se requería que tuviera forma humana. Es decir, que no tuviera tres cabezas como dice #45 #45 tarti dijo: Eso es COMPLETAMENTE MENTIRA ! Yo también estudio Derecho y no se condiera persona si no posee una fisionomia normal ( vamos que tenga tres cabezas o algo asi ), no por que le falte un dedo o tenga un órgano repetido. Dile a ti amiga que se dedique a estudiar y a dejar de decir gilipolleces.pero OBVIAMENTE se tenían por persona a quienes tuvieran más dedos o cosas así. Ahora esos requisitos han desaparecido.
Aquí el único "ser" es tu amiga que no se entera de nada y te lo digo como estudiante de derecho.
Ya lo he visto antes, repetido, invéntate tus propios ADV, gilipollas
Estudia derecho y es tonta, su familia es del PP y ya le tiene el cargo asegurado, sólo está haciendo la pantomima porque al final serán su padres los que paguen el título directamente.
Y como han dicho por ahí arriba en todo caso será el Codigo Civil, no la Constitución
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