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#3 #3 laslentejasdeneil dijo: No puede. Da igual lo que te haya dicho, por Ley no puede quitarle la legítima a sus hijos, así sean asesinos en serie. De haberlo conseguido, saldría en las noticias, porque sentaría precedente y sería uno peligroso. Así que o te ha mentido, o nos estás mintiendo tú. hasta por "injuria verbal grave" le puedes desheredar, tienes 3 putos artículos del código civil sólo para eso...
#3 #3 laslentejasdeneil dijo: No puede. Da igual lo que te haya dicho, por Ley no puede quitarle la legítima a sus hijos, así sean asesinos en serie. De haberlo conseguido, saldría en las noticias, porque sentaría precedente y sería uno peligroso. Así que o te ha mentido, o nos estás mintiendo tú. #5 #5 laslentejasdeneil dijo: #4 @mg90 Desheredar, pero no quitarle la legítima. La legítima corresponde a tus hijos o herederos por ley, y tú no puedes disponer libremente de ella. Si tienes un millón de euros, puedes hacer que tu hijo no herede la totalidad, pero la legítima (un tercio de la cantidad), NO SE LA PUEDES QUITAR. Hasta por injuria grave de la puedes quitar, PONER MÁS MAYÚSCULAS NO TE HACE TENER MÁS RAZÓN de hecho en 2014 se añadieron más motivos
Joer cuanto letrado por aquí, cuando tenga un lío ya se dónde venir a pedir información
La legítima es la parte mínima que una persona ha de dejar necesariamente a sus herederos forzosos (ascendientes y descendientes). Dependiendo del sitio de España, puede ser de una tercera parte a la mitad.
La desheredación es algo que se pone en el testamento, por lo que un juez no puede pronunciarse sobre la herencia de alguien que está vivo. Los desheredados sí pueden (cuando muera el causante) acudir a los tribunales.
#4 #4 mg90 dijo: #3 hasta por "injuria verbal grave" le puedes desheredar, tienes 3 putos artículos del código civil sólo para eso...desheredar es precisamente quitar la legítima, sino que sentido tendría, ya que si no quieres que alguien herede de ti no le incluyes en el testamento y ya está. Además, se pueden ver las causas de incapacitación para heredar en el Art.756 CC, y las de desheredación en los Arts.852-855 CC y si lo que dice el adv es cierto (haber negado los alimentos o haberla maltratado de obra o mediante injurias), es algo plenamente legal
Es lo mínimo que te correspondería por derecho en una herencia al ser un familiar directo....
Lo que me llama la atención es el buen timing de este ADV, sale en los periódicos que una persona comienza una campaña para facilitar desheredar a sus hijos y justo lo hace tu vecina
#0 #0 Anónimo dijo: Hoy, me encontré a mi vecina, una anciana, muy contenta. Me comentó que tras mil papeleos, detectives privados y abogados, ha conseguido que el juez desherede a sus hijos, que pasan de ella. No les deja ni la legítima. Va a dejar sus bienes a quien ella quiere, y a la iglesia. No entiendo esa norma de "la legítima". ADVPues muy sencillo, en todas las familias hay favoritos. Si no has sido un mal hijo, algo te tiene que quedar por mucho que tus padres no quieran.
#11 #11 josius dijo: #0 Pues muy sencillo, en todas las familias hay favoritos. Si no has sido un mal hijo, algo te tiene que quedar por mucho que tus padres no quieran.Por qué? Es MI dinero. Me lo he ganado YO. Si mis hijos mayores de edad quieren dinero, que trabajen. No les debo absolutamente nada. Y si puedo disponer de todo mi dinero en vida, también debería poder cuando muera
#12 #12 sugar_bijou dijo: #11 Por qué? Es MI dinero. Me lo he ganado YO. Si mis hijos mayores de edad quieren dinero, que trabajen. No les debo absolutamente nada. Y si puedo disponer de todo mi dinero en vida, también debería poder cuando muera@sugar_bijou Cuando mueras no podrás disponer de tu dinero por una sencilla razón, estarás muerto, y los muertos no pueden hacer NADA.
#1 #1 nemorino dijo: La legítima es la parte mínima que una persona ha de dejar necesariamente a sus herederos forzosos (ascendientes y descendientes). Dependiendo del sitio de España, puede ser de una tercera parte a la mitad.@nemorino Derecho común: La legítima es de 2/3 de la herencia, aunque no se ha de repartir por igual.
País Vasco: Complicado según normativas variadas.
Navarra: No hay legítima.
Aragón: La legítima es 1/2 de la herencia, aunque puede dejarse a un solo descendiente.
Cataluña: La legítima es 1/4 de la herencia
Baleares: La legítima es 1/3, pero si hay más de 4 hijos es de 1/2.
El desconocimiento del derecho que nos rige es inmenso.
No le creas, esa mujer tiene Alzheimer.
#4 #4 mg90 dijo: #3 hasta por "injuria verbal grave" le puedes desheredar, tienes 3 putos artículos del código civil sólo para eso...@mg90 Desheredar, pero no quitarle la legítima. La legítima corresponde a tus hijos o herederos por ley, y tú no puedes disponer libremente de ella. Si tienes un millón de euros, puedes hacer que tu hijo no herede la totalidad, pero la legítima (un tercio de la cantidad), NO SE LA PUEDES QUITAR.
No puede. Da igual lo que te haya dicho, por Ley no puede quitarle la legítima a sus hijos, así sean asesinos en serie. De haberlo conseguido, saldría en las noticias, porque sentaría precedente y sería uno peligroso. Así que o te ha mentido, o nos estás mintiendo tú.
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