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pues nada cuando llegue el juicio que demuestren que llevan 9 años sin vivir ahí y ya está no tienen nada que reclamarles
por suerte no creo que les resulte dificil a tus abuelos demostrar que no han estado viviendo allí
Tranquila, para cuando los llamen a juicio no existirán esos edificios.
Les llegó dónde?? No sería más normal enviar la citación a jucio a la casa de los nuevos propietarios (donde ya no viven)?
Pues si han emitido facturas mal, lo llevan claro
Sólo 9 años han tardado??? La justicia va a toda hostia ultimamente.
¿El piso era de su propiedad? Si es así, supongo que lo habrán vendido y podrán demostrarlo, ¿no? Si actualmente es de su propiedad, me temo que sí tendrán que hacerse cargo de los pagos a la Comunidad. Si estaban de alquiler, no tienen de qué preocuparse siempre que puedan demostrar que hace 9 años que no viven allí.
#5 #5 disabled_user dijo: Pues si han emitido facturas mal, lo llevan claro
@notieneniputagracia ¿Desde cuándo se emiten facturas por las cuotas de una comunidad de vecinos?
Ni tus abuelos tampoco notificaron nada... ¡Menuda pamplina!
A lo mejor es que ellos no se enteraron bien o los nuevos dueños son unos jetas.
El asunto no tiene problema. Si son ellos los propietarios, deben pagar como tal, y si no lo son, caso resuelto, paga el actual propietario... y chimpum!!
#7 #7 carlosjfort dijo: ¿El piso era de su propiedad? Si es así, supongo que lo habrán vendido y podrán demostrarlo, ¿no? Si actualmente es de su propiedad, me temo que sí tendrán que hacerse cargo de los pagos a la Comunidad. Si estaban de alquiler, no tienen de qué preocuparse siempre que puedan demostrar que hace 9 años que no viven allí.
#5 @notieneniputagracia ¿Desde cuándo se emiten facturas por las cuotas de una comunidad de vecinos?Normalmente en los contratos de alquiler es el arrendador suele hacerse cargo de los gastos de la comunidad, y no el arrendatario. Por tanto, si el piso lo tenían en propiedad y alquilado, es su deber pagar dichos recibos y no de los inquilinos, salvo que en el contrato estipule lo contrario.
#11 #11 emetect dijo: #7 Normalmente en los contratos de alquiler es el arrendador suele hacerse cargo de los gastos de la comunidad, y no el arrendatario. Por tanto, si el piso lo tenían en propiedad y alquilado, es su deber pagar dichos recibos y no de los inquilinos, salvo que en el contrato estipule lo contrario.@emetect Por eso he puesto lo de si son ellos los actuales propietarios.
#1 #1 theheartoftheocean dijo: pues nada cuando llegue el juicio que demuestren que llevan 9 años sin vivir ahí y ya está no tienen nada que reclamarles @theheartoftheocean Me temo que si tienen la propiedad del inmueble, pagarán el dinero. Sin perjuicio de que luego puedan reclamar a los inquilinos si lo eran. El caso es que el pago a la comunidad de vecinos tiene reipersecutoriedad, es decir, tiene la característica de que persigue a la cosa, en este caso el inmueble, y por tanto, a su propietario.
Y tus abuelos tampoco avisaron, así que igual de irresponsables unos y otros.
los nuevos dueños no podían ser mas asquerosos?
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