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Joder, qué rectos en esa empresa que no dejan pasar una.
Demasiados estrictos son, somo personas y todos tenemos fallos, si no hubieses fallado ese día habrías fallado otro. Así que les den. Ya es putad4
Y no te dieron veinte latigazos como castigo antes de dejarte ir?
En un futuro, espero que estés mejor.
Haberte inventado que te dio una diarrea de la hostia y no podías levantarte del váter o algo así.
Y no llamaste desde casa en cuanto te despertaste para avisar? De todos modos, dónde se ha visto eso? a todos nos ha pasado alguna vez que nos hemos dormido por una causa u otra o hemos llegado tarde por el tráfico (algún accidente...)
No es denunciable que te despidan por eso??? Es más... estás seguro que era la primera vez que llegabas tarde? es que me parece muy exagerado...
Contratá un abogado laboral y a demandar, a perro, perro y medio
Buscaban cualquier excusa para despedirte, demándalos por despido improcedente.
Yo no se porque muchos por aqui parece que trabajan en una fortaleza medieval bajo esclavitud o algo asi. A todos los despiden por unas cosas. Si es verdad, demandalos lo mas pronto que puedas.
#6 #6 dragonlila dijo: Y no llamaste desde casa en cuanto te despertaste para avisar? De todos modos, dónde se ha visto eso? a todos nos ha pasado alguna vez que nos hemos dormido por una causa u otra o hemos llegado tarde por el tráfico (algún accidente...)
No es denunciable que te despidan por eso??? Es más... estás seguro que era la primera vez que llegabas tarde? es que me parece muy exagerado... @dragonlila lo es... Sólo podrían echarle por faltas de asistencia al trabajo cuando éstas alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses. Así lo establece el art. 52 del Estatuto del Trabajador, como una de las causas de despido objetivo.
En caso de ser cierto, háblalo con el jefe para que entre en razón y si no, denúncialo por despido improcedente. Ten en cuenta que tienes un plazo de 20 días para impugnarlo (art. 120 a 123 Ley de la Jurisdicción Social), osea que ponte en contacto con un abagodo laboralista.
#11 #11 zard dijo: #6 @dragonlila lo es... Sólo podrían echarle por faltas de asistencia al trabajo cuando éstas alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses. Así lo establece el art. 52 del Estatuto del Trabajador, como una de las causas de despido objetivo.
En caso de ser cierto, háblalo con el jefe para que entre en razón y si no, denúncialo por despido improcedente. Ten en cuenta que tienes un plazo de 20 días para impugnarlo (art. 120 a 123 Ley de la Jurisdicción Social), osea que ponte en contacto con un abagodo laboralista.@zard abogado*. Esto de ponerse con legislación a estas horas no es bueno xD
Antes de abogados impugna el despido en arbitraje, y ya si no hay acuerdo entonces si, abogados y a saco con la demanda
#11 #11 zard dijo: #6 @dragonlila lo es... Sólo podrían echarle por faltas de asistencia al trabajo cuando éstas alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses. Así lo establece el art. 52 del Estatuto del Trabajador, como una de las causas de despido objetivo.
En caso de ser cierto, háblalo con el jefe para que entre en razón y si no, denúncialo por despido improcedente. Ten en cuenta que tienes un plazo de 20 días para impugnarlo (art. 120 a 123 Ley de la Jurisdicción Social), osea que ponte en contacto con un abagodo laboralista.@zard wow! gracias por la pedazo de información, todo es bueno saberlo.
y por eso no se les hacen "favores" a los jefes (llegar antes de la hora, hacer horas extras, trabajo que no te corresponde...) sin que te lo paguen (ojo, que no estoy diciendo que no debas hacer bien tu trabajo y esforzarte en él!!). No se deben hacer ese tipo de favores, primero, porque son tus derechos y tu tiempo libre y se los estás cediendo por nada. Segundo, porque cuando tú no les intereses por lo que sea.... no van a mirar por ti y si se pueden ahorrar dinero puteándote, lo harán...y la cara de imbécil que se te queda pensando en todo lo que hiciste de más es menuda.
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