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Denuncia, han de notificartelo o en persona o en correo ordinario, lo del sms creo ke tb es denunciable, has de firmar los papeles una vez terminada la relación laboral.
#1 #1 saberkenosabes dijo: Denuncia, han de notificartelo o en persona o en correo ordinario, lo del sms creo ke tb es denunciable, has de firmar los papeles una vez terminada la relación laboral.No necesariamente. Se puede finalizar una relación contractual sin la firma, a lo que está obligado el empleador es a notificar en tiempo y forma, en función de convenio y tipo de contrato. La firma lo que hace es eliminar atisbo de duda sobre el correcto procedimiento de notificación, lo que no obsta para que el despedido pueda reclamar improcedencia. De todos modos, lo mejor siempre es no firmar si no es de mutuo acuerdo.
#2 #2 bonibonito dijo: #1 No necesariamente. Se puede finalizar una relación contractual sin la firma, a lo que está obligado el empleador es a notificar en tiempo y forma, en función de convenio y tipo de contrato. La firma lo que hace es eliminar atisbo de duda sobre el correcto procedimiento de notificación, lo que no obsta para que el despedido pueda reclamar improcedencia. De todos modos, lo mejor siempre es no firmar si no es de mutuo acuerdo.por eso digo, compañeros míos fueron despedidos por wassap y rápidamente movieron recurso, eran contratos fin de obra, los de prácticas ya los tengo muy olvidados de como iban, pero cuando los tenía todos iban a firma, tanto al inicio como al final.
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